Finiquito por baja voluntaria: qué te tienen que pagar

Has decidido dejar tu trabajo y presentar la baja voluntaria. Es una decisión importante. Pero antes de irte, tienes derecho a cobrar un finiquito. ¿Sabes exactamente qué te tienen que pagar?

En este artículo te explicamos qué incluye el finiquito por baja voluntaria, qué no te corresponde cobrar, y cómo calcularlo con un ejemplo real. Si tienes dudas sobre otros tipos de despido, consulta también nuestra guía sobre despido objetivo o sobre qué debe incluir una carta de despido.

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Trabajadora firmando la baja voluntaria en su empresa y solicitando el finiquito

¿Qué es la baja voluntaria?

La baja voluntaria es cuando eres tú quien decide poner fin a la relación laboral, sin que la empresa te haya despedido. También se llama dimisión o renuncia voluntaria.

La consecuencia más importante es que no tienes derecho a cobrar el paro (prestación por desempleo), ya que la baja voluntaria se considera una decisión propia y no una pérdida involuntaria del empleo. Si quieres saber más sobre el paro, consulta nuestro artículo sobre cuándo puedes cobrar el paro.

¿Qué incluye el finiquito por baja voluntaria?

Aunque no cobres indemnización ni paro, sí tienes derecho a que la empresa te pague el finiquito. Este debe incluir:

1. Salario de los días trabajados del mes en curso

Si presentas la baja a mitad de mes, la empresa debe pagarte los días que hayas trabajado hasta la fecha de tu último día.

Ejemplo: Si tu salario mensual es de 1.800 € y dejas la empresa el día 20, te corresponden: 1.800 € ÷ 30 días × 20 días = 1.200 €.

2. Vacaciones no disfrutadas

Los días de vacaciones que hayas generado durante el año y no hayas disfrutado deben pagarse. El Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo de 30 días naturales por año trabajado, aunque muchos convenios colectivos establecen 22 días hábiles. Revisa tu convenio para saber cuál aplica en tu caso.

Ejemplo: Si llevas 8 meses trabajados en el año y solo has disfrutado 10 días, te corresponden: (22 × 8/12) − 10 = 4,67 días por cobrar.

3. Parte proporcional de pagas extra

Si tu empresa tiene pagas extra y aún no las has cobrado completas, tienes derecho a la parte proporcional generada hasta la fecha de tu baja.

Importante: Si en tu nómina cobras las pagas extra prorrateadas de forma mensual, no se te abonará parte proporcional en el finiquito, ya que se habrán ido cobrando mes a mes junto con tu salario habitual.

Ejemplo: Si tienes dos pagas extra anuales de 1.800 € cada una y dejas la empresa en agosto, te corresponde aproximadamente la mitad de cada paga, es decir, unos 900 € por cada una.

4. Otros conceptos pendientes

Si hay horas extra pendientes de cobro, comisiones devengadas o cualquier otro concepto salarial pendiente, también deben incluirse en el finiquito. Consulta nuestra guía sobre horas extraordinarias y tus derechos.

¿Qué NO incluye el finiquito por baja voluntaria?

Concepto Baja voluntaria Despido improcedente
Salario días trabajados ✅ ✅
Vacaciones no disfrutadas ✅ ✅
Parte proporcional pagas extra ✅ ✅
Indemnización por despido ❌ ✅ (33 días/año)
Prestación por desempleo (paro) ❌ ✅

¿Cuánto preaviso tengo que dar?

Antes de irte, debes respetar el período de preaviso que establezca tu convenio colectivo o contrato. Lo más habitual es:

  • 15 días para la mayoría de trabajadores
  • 1 mes en algunos convenios o para puestos de responsabilidad

Si no respetas el preaviso, la empresa puede descontarte del finiquito los días que hayas incumplido. Por eso es importante comunicarlo con tiempo y por escrito.

Ejemplo completo de finiquito por baja voluntaria

María lleva 3 años trabajando en una empresa con un salario de 24.000 € brutos anuales (2.000 €/mes). Presenta la baja voluntaria el 15 de septiembre de 2026 y ha disfrutado 10 días de vacaciones este año.

Concepto Importe
Salario 15 días de septiembre 1.000 €
Vacaciones pendientes (5,58 días) 509 €
Parte proporcional paga extra 1.417 €
Indemnización 0 €
TOTAL FINIQUITO 2.926 €

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Trabajadora consultando con abogado laboralista sobre finiquito por baja voluntaria

¿Qué hacer si la empresa no me paga el finiquito?

Aunque hayas presentado la baja voluntaria, la empresa tiene la obligación de pagarte el finiquito. Si no lo hace o te paga menos de lo que te corresponde, puedes:

  1. Reclamar por escrito a la empresa
  2. Presentar una reclamación previa ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación)
  3. Interponer una demanda en el Juzgado de lo Social
  4. Ten en cuenta que el plazo legal para reclamar es de 1 año desde el momento en que debiste recibir las cantidades. Pasado ese plazo, el derecho prescribe.

Te recomendamos consultar con un abogado laboralista antes de firmar el finiquito. Muchos ofrecen primera consulta gratuita.

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Preguntas frecuentes sobre el finiquito por baja voluntaria

¿Tengo derecho a finiquito si me voy voluntariamente?

Sí. Siempre tienes derecho a cobrar el finiquito, que incluye los días trabajados, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra. Lo que no cobras es la indemnización por despido ni el paro.

¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagarme el finiquito?

La empresa debe entregarte el finiquito en el momento de causar baja, aunque en la práctica suele pagarse en la siguiente nómina. Si se retrasa más de lo razonable, puedes reclamarlo. Recuerda que tienes 1 año para reclamar.

¿Puedo negarme a firmar el finiquito?

Sí. Si no estás de acuerdo con las cantidades, puedes firmarlo añadiendo la expresión «no conforme» junto a tu firma. Así queda constancia de que lo recibes pero no aceptas el importe.

¿Y si me voy en período de prueba?

Durante el período de prueba, tanto tú como la empresa podéis poner fin a la relación laboral sin preaviso. Igualmente, tienes derecho a cobrar los días trabajados y las vacaciones generadas.

¿La baja voluntaria me cierra la puerta al paro en el futuro?

No necesariamente. Si en el futuro te contratan en otro trabajo y te despiden, podrás acceder al paro siempre que hayas cotizado el tiempo suficiente. La baja voluntaria actual no «quema» tus cotizaciones anteriores. Puedes leer más en nuestro artículo sobre cuándo puedes cobrar el paro.